miércoles, 22 de abril de 2020

SOBRE LA VERDAD Y EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN


   Hace algún tiempo que tengo intención de escribir sobre este tema; y este affaire de los partidos de la derecha me ha dado pie para ello. Así que adelante....  
   Una prueba clara de que la derechona -PP, Vox y C´s- está utilizando las redes para propagar bulos y mentiras contra el Gobierno legítimo, es su rápida repulsa a las declaraciones del General Santiago, Jefe del Estado Mayor de la Guardia Civil, sobre el enrarecido clima que tales bulos y mentiras están causando. Es todo un síntoma de la actitud hipócrita que esos partidos  mantienen respecto de la benemérita institución, sobre todo,  si ésta no está de su parte. ¿Es anormal que las fuerzas policiales en un Estado democrático, igual que persiguen otros delitos, persigan también aquéllos que los delincuentes cometen, abusando de las facilidades  que la cibernética les ofrece? Si a un comerciante, p.ej., se le condena por vender a sabiendas un producto en mal estado, perjudicial para la salud de la comunidad, ¿por qué no perseguir y, en su caso, condenar a quienes, a sabiendas, difunden mentiras y bulos dañinos para la salud de la Democracia? ¿Es que los periodistas e informadores, como otros profesionales, no están obligados a cumplir las normas deontológicas? ¿Acaso la crítica política, por muy legítima que sea, no está también sometida a ciertos límites?

   Lo concerniente al derecho fundamental a la libertad de expresión viene recogido en el art. 20 de la Constitución. Consta este artículo de cinco apartados, de los que transcribiremos los más pertinentes al tema. Este artículo no es más que el desarrollo del derecho, también fundamental, de libertad ideológica, constitucionalizado en el art. 16, que consta de 3 apdos. El apdo. 1 del art. 20 dice así: Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción; d) A comunicar o recibir libremente información VERAZ por cualquier medio de difusión. Etc. El apdo. 4 afirma que Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
   Los derechos individuales, aunque sean fundamentales, están limitados en su ejercicio por los mismos derechos, para los que otros individuos exigen respeto. Ciertamente, todos los derechos no tienen por qué contraponerse; pero hay algunos, como los de libertad ideológica y el de libertad de expresión, que mantienen entre sí una permanente relación dialéctica, que según qué circunstancia concreta, serán los tribunales de justicia quienes, en último caso, determinen la prevalencia de uno u otro. Lógicamente, una Democracia madura, entre otras cosas se caracteriza y enriquece por la gran variedad de visiones y opiniones que ambos derechos proporcionan, y que “los medios” ayudan a difundir. Pero la mayoría de las veces se olvidan, tanto los creadores de opinión, como sus difusores, de que muy por encima de todos está la VERDAD. Ciertamente, nadie la podrá reivindicar para sí como patrimonio absoluto y exclusivo. Ni siquiera es patrimonio absoluto, exclusivo y definitivo de la Democracia; y, si bien, la Verdad en sí misma en un valor absoluto, a ningún humano, individual o gregariamente, se le “revela” como tal. La propia Democracia, si no quiere anquilosarse, debe caminar hacia ella como el navegante se dirige a la línea del horizonte que nunca alcanza. Si bien la Verdad en sí  no es patrimonio de nadie, sí existe entre los ciudadanos honestos de “buena voluntad” un acuerdo tácito de que pueden y deben aproximarse a ella, si pretenden convivir con  un mínimo de confianza; pues, en definitiva, es en esa confianza en la que se basa toda sociedad democrática.
   Este asunto no es nuevo. Sobre el tema de la verdad, de la opinión y de la falsedad se viene debatiendo desde que el homo sapiens comienza a pensar. Basta con echar un vistazo a la Historia de la Filosofía. Tampoco es nueva la manipulación, tergiversación, etc. de documentos o hechos pasados o actuales. Lo novedoso es la rapidez y la eficacia con que las tecnologías modernas maniobran en la consecución de deshonestos e interesados objetivos...
   Pero algunos, sin embargo, rompiendo ese pacto tácito por motivaciones políticas extemporáneas, en este caso, sustituir como sea al Gobierno democrático, que ellos llaman social-comunista-chavista y no sé cuántas cosas más, confunden y equiparan, a sabiendas de su diferencia, la libertad de expresión y el derecho a una información veraz. Ciertamente, ambos son derechos básicos protegidos por el mismo art. 20 de la Constitución. La libertad de expresión consiste en poder difundir pensamientos, ideas u opiniones, es decir; emitir juicios de valor, que siempre tendrán un carácter subjetivo, si no van fundamentados en hechos concretos y datos comprobados, no sometidos a criterios de veracidad o falsedad, por mucha carga de mal gusto y repugnancia que pueda llevar en su formulación. Dice el magistrado Joaquín Bosch que Los excesos en la libertad de expresión forman parte del ruido de la democracia, mientras no encajen con claridad en algún delito. Y tal encaje, como he dicho antes, lo tendrá que determinar un juez. (Desenmascaremos a calumniadores, mentirosos y acosadores. Eldiario.es de 17-4-20).
   En cambio, el derecho a la información veraz exige la verificación en la realidad de la noticia de la que se informa. En principio, pues, es ese factor de objetividad lo que hace diferente a este derecho del anterior. Ello obliga al que publica una noticia, máxime si es un profesional de la información, a contrastar previamente con la realidad la veracidad de tal información. Ni la libertad de expresión –sigue diciendo el magistrado- ni el derecho a difundir información amparan divulgar falsedades objetivas a sabiendas y de forma masiva (ibd.). Ni el sentido común, ni ninguna ley, mucho menos la Constitución protegen la difusión de bulos y mentiras por mucho que se intente ocultar construyendo falsos relatos o diciéndolas en inglés... Por más que la infomática moderna facilite la multiplicación veloz de las mentiras “goebbelianas”, tanto el sistema democrático y su Gobierno, como cualquier ciudadano, tienen derecho de defenderse de esos “piratas informáticos”, desenmascarando primero, y llevando ante los tribunales a todos los creadores o difusores de bulos y mentiras.


   Manuel Vega Marín. Madrid, 21, Abril, 2020  www.solicitoopinar.blogspot.com.es


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