domingo, 22 de julio de 2018

EL JUEZ LLARENA SE “CABREA” POR LA DECISIÓN DE LA JUSTICIA ALEMANA



   En dos artículos consecutivos publicados en el diario.es (12 y 13-07-18), el catedrático sevillano de Derecho Constitucional, defiende que la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein es firme, pudiendo ser recurrida al Constitucional alemán por Puigdemont.  Al resto de las partes, es decir, tanto a la Fiscalía del Land alemán, como a la Fiscalía y a los tribunales españoles, no les queda otra que su cumplimiento. Y, como dice el profesor, todo lo que se está diciendo de que el Tribunal Supremo puede rechazar la extradición en los términos acordados por el mencionado tribunal alemán y condenar a Puigdemont a permanecer indefinidamente en el exilio o a poder procesarlo por rebelión si regresa a España, es de una anticonstitucionalidad manifiesta.
   La calificación jurídica como constitutiva del delito de rebelión ha sido borrada por la decisión del tribunal alemán. De manera definitiva e irreversible. El Tribunal Supremo no puede proceder contra Carles Puigdemont por ese delito.

lunes, 16 de julio de 2018

MUCHO ESPAÑOLES, MUY ESPAÑOLES SE CONCENTRAN EN LA PLAZA DE ORIENTE



   Parece una broma; pero si alguien con sentido común no lo remedia, veremos a multitud de españolitos reunidos ante el palacio real, si no quejándose del “contubernio europeo judío-masónico-comunista” contra Europa, sí gritando a por ellos, oé… o cantando el ¡Que vive España! de Manolo Escobar… Y por las declaraciones que le hemos oído a Pons y Casado del PP y a A. Rivera de C´s en contra del Tratado de Schengen, deducimos que este “trío” estaría dispuesto, brazo en alto, a  ocupar el balcón central del Palacio, y desde él pronunciar los gritos de rigor con que finalizaban aquellos jolgorios franquistas.

jueves, 5 de julio de 2018

ALGO MÁS QUE UN ENCUENTRO PROTOCOLARIO ENTRE P. SÁNCHEZ Y Q. TORRA


   El hecho más importante del que se nutre el relato del instructor Llarena para calificar y tipificar el procés como un continuado acto de “rebelión”, es el registro por la G.Civil el 20-9-2017 de la Consellería de Economía. Algunos disturbios, habituales en manifestaciones masivas, son considerados por la Benemérita como actos violentos, en los que el juez ve la suficiente violencia para su tipificación de “rebelión”. Pues bien, nueve meses después la secretaria del juzgado de Granollers, que levantó acta del registro en el domicilio de José M. Jové, exsecretario de la Vicepresidencia de la que dependía la citada Consellería, desmiente los hechos declarados por la G. Civil al magistrado instructor (Cfr. Art. de O. Solé Altamira en eldiario.es de 26-6-18). Según dicho artículo, también la secretaria judicial del juzgado núm. 13 de Barcelona, encargado del registro de la Consellería, deja constancia en un escrito de la negativa de la G. Civil a pactar con Jordi Sánchez el acceso matinal al despacho de Jové, que hubiera evitado el incremento de manifestantes que se fue produciendo durante la jornada.