domingo, 22 de julio de 2018

EL JUEZ LLARENA SE “CABREA” POR LA DECISIÓN DE LA JUSTICIA ALEMANA



   En dos artículos consecutivos publicados en el diario.es (12 y 13-07-18), el catedrático sevillano de Derecho Constitucional, defiende que la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein es firme, pudiendo ser recurrida al Constitucional alemán por Puigdemont.  Al resto de las partes, es decir, tanto a la Fiscalía del Land alemán, como a la Fiscalía y a los tribunales españoles, no les queda otra que su cumplimiento. Y, como dice el profesor, todo lo que se está diciendo de que el Tribunal Supremo puede rechazar la extradición en los términos acordados por el mencionado tribunal alemán y condenar a Puigdemont a permanecer indefinidamente en el exilio o a poder procesarlo por rebelión si regresa a España, es de una anticonstitucionalidad manifiesta.
   La calificación jurídica como constitutiva del delito de rebelión ha sido borrada por la decisión del tribunal alemán. De manera definitiva e irreversible. El Tribunal Supremo no puede proceder contra Carles Puigdemont por ese delito.

   El profesor da un consejo a la Justicia española: cuanto antes acepte la realidad, mejor. Los delitos no considerados como tales por el tribunal alemán, han desaparecido de la justicia española. Para siempre. Y no sólo para Puigdemont, sino, indirectamente, también para el resto de procesados.
   Ante tales circunstancias, en nuestro artículo anterior sobre el tema, siguiendo a nuestros consultores de cabecera, decíamos que la Fiscalía debería retirar a todos los querellados la imputación del delito de rebelión inexistente…(que) el Tribunal Supremo debiera de desistir de su autoatribuida competencia, y dar traslado del procedimiento a los tribunales predeterminados por la Ley (www.solicitoopinar.blogspot.com.es de 16-07-18). En nuestro caso, por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sin embargo, la Justicia española, a la que tanto está contribuyendo a desprestigiar Llarena y la Fiscalía, planta cara a la decisión de la Justicia alemana (y de la europea), convirtiendo su rechazo en un alegato de descalificaciones tales como concederle “valor probatorio” a las declaraciones de Puigdemont y no a la “extensa” investigación española, de “ignorar” las normas europeas sobre extradición o de “falta de compromiso” en condenar hechos, que según el relato del instructor español, podrían haber quebrantado el orden constitucional español. El desprecio hacia las opiniones de otras instancias jurídicas nacionales e internacionales no es nuevo. Ya se dio en el rechazo a las razones de los abogados de las defensas, a  las de más de cien catedráticos y profesores de toda España o el caso omiso a la petición del Comité de Derechos Humanos de la ONU, para que se respetaran los derechos políticos de Jordi Sánchez.
   Debemos denunciar aquí la muy deficiente información que los medios de comunicación, especialmente las televisiones y la prensa de papel, están ofreciendo sobre este desaguisado. Pero no sólo se conforman con la omisiva manipulación de los hechos, sino que, cuando las noticias que nos vienen de Europa nos ponen en ridículo, son consideradas como bulos lanzados por el “contubernio judeo-masónico”. ¡Y así nos va! Los “apéndices” del toro de Obsborne, los güevos del caballo de Espartero o los cojones de Llarena, por los idem, tienen que pesar más que los “elementos” que derrotaron a la Armada Invencible…
   Volviendo a la actitud del Supremo y de la Fiscalía, tendremos que destacar las folletinescas contradicciones, en  las que la obsesión chulesca de ambas instituciones incurren. Por ejemplo, que a los presos en España se les podrá juzgar por delitos “graves”, mientras los que están en el extranjero campan libremente; que, como señala el catedrático penalista Joan Queralt, no deja de ser curioso que un juez del Supremo deje de perseguir delitos que, según su propia argumentación, afectan a la esencia misma del sistema constitucional, o, como también señala el catedrático procesalista, Jordi Nieva, el juez condena, sin juicio, al destierro durante 20 años a los políticos en el extranjero, etc., etc…. (ver art. de Oriol Solé Altamira, eldiario.es 19-7-18).
   Pero no vamos a repetir la cantidad de argumentos jurídico-técnicos que se vienen dando por los diferentes estamentos especializados sobre la instrucción del procés y de la última actuación de Llarena y la Fiscalía, contraria a la actuación del tribunal alemán. Volvería a ser un esfuerzo baldío. Pues toda la “movida” llevada a cabo sobre la cuestión catalana por el anterior Gobierno del PP, apoyado por la Fiscalía y los Tribunales, viene siendo rocambolesca desde que el difunto Fiscal General, sr. Maza, tomó el asunto en sus manos y prefijó cual tendría que ser su fin. Hay razones mucho más de fondo que las jurídico-penales sobre las que no se ha querido hacer demasiado hincapié. Estas son las político-constitucionales, que tienen mucho que ver con el “centralismo monárquico borbónico”, heredado y restablecido por el franquismo. Es en ese pilar en el que descansan los artículos UNO y DOS de la Constitución Española, que, a su vez, son los que articulan todo el entramado de nuestro Estado constitucional, “impuesto” por los “poderes fácticos” a la muerte del dictador, y que a modo de “pacto obligado”, tuvieron que firmar las fuerzas políticas de entonces, y que, luego durante la “modélica Transición”, “muy a gustito”, han mantenido y siguen manteniendo y defendiendo, no nos engañemos, los dos grandes partidos, PP y Psoe, aprovechados corruptos de aquélla. A la más mínima posibilidad de que los catalanes puedan, aunque pacíficamente, declarar la independencia de la Generalitat, constituida y reconocida como tal antes de la Constitución de 1978, todo el peso de los mencionados artículos constitucionales, caerá sobre ellos, como así ha sucedido, con la aplicación del 155, bajo la amenaza de ejecutar el artº 8, referente a las Fuerzas Armadas, cuya misión es garantizar la soberanía e independencia de España, (y) defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
   Todas las rimbombantes y elocuentes palabras de “plurinacionalidad”, de “federalismo”, etc., se convierten en un cuento de hadas, que el Psoe fácilmente las borra de su programa, y, bajo el débil pretexto de la “responsabilidad de Estado y de partido de gobierno”, raudo, corre en apoyo del Gobierno Central y de la Monarquía en la aplicación del fatídico artº 155 a la Generalitat. Da lo mismo estando en la oposición, o, como ahora, en el Gobierno. Lo vimos en la advertencia de Pedro Sánchez al President Torra, previa al recibimiento de éste en Moncloa, la pasividad de la nueva ministra de justicia con la reincidente petición del fiscal para seguir manteniendo en prisión a los políticos catalanes o las pegas que la ministra de defensa está poniendo para que se investigue lo que haya de verdad en las grabaciones de la examante del rey emérito.
   Otra razón de fondo es la poca independencia del Poder Judicial respecto del Poder Ejecutivo. Aunque formalmente nuestra democracia consagra la división de poderes, sin embargo, los jueces, a partir de determinado nivel, deben su promoción profesional al Consejo  
General del Poder Judicial, que es tanto como decir del Ejecutivo, dada la manera con que se nombra a sus vocales y presidente. La mayoría de jueces, pues, están más pendiente de agradar, por no decir servir, al Gobierno de turno, que servir a la Justicia. Si reflexionamos un momento, veremos que el estamento judicial es el que menos se ha adaptado a las exigencias de nuestro sistema democrático. Mientras en Alemania, a la caída del nazismo el aparato jurídico establecido por el nacionalsocialismo fue eliminado y abolidas las “cortes especiales”,  en España el régimen fascista de Franco creó el Tribunal de Orden Público (TOP) (1963), que no era más que un tribunal político, cuya misión consistía en perseguir y condenar a los disidentes del régimen. Y, aunque formalmente este “tribunal especial” se suprime en 1977, materialmente ni sus salas, ni los jefes de las mismas desaparecen; sólo sufre un ligero lavado de cara, ya que ese mismo año, por Real Decreto Ley pasa a llamarse Audiencia Nacional (AN), con sede en Madrid, con jurisdicción en todo el territorio nacional y para conocer de determinados delitos, de los que bien pudieran conocer los tribunales “naturales”. La filosofía subyacente en mantener la AN es seguir controlando desde el “centralismo político-monárquico” cualquier acción, que, como en el caso del procés, se considere un atentado contra la “unidad territorial” de España.
   Tan obvio es lo que estamos diciendo, que después de casi cuarenta años de democracia ningún juez, con la honrosa excepción de Baltasar Garzón, precisamente porque una de sus instrucciones pudo afectar al franquismo, ha sido removido o expulsado por prevaricación “política” de la judicatura. Es muy sospechoso que a día de hoy los grandes partidos del “bipartidismo”, principalmente el PP, tengan tantos reparos en anular las sentencias, no ya de los “tribunales de guerra”, sino también de las dictadas por los jueces del TOP, restituyendo el honor de los luchadores por la democracia. No hablemos de los cadáveres de las cunetas o del Valle de los Caídos….
   Por analogía podemos observar un cierto mimetismo en la actuación del Supremo y lo escrito sobre la AN. No olvidemos que el entonces Fiscal General, sr. Maza, no paró hasta encomendar el “tema catalán” a la sala de la jueza Lamela. En definitiva y simplificando, lo que queremos decir es que al igual que la derecha conservadora de este País, la mayoría de la clase judicial no se ha librado del todo de las prácticas totalitarias de la dictadura franquista, que bajo el Gobierno de la derecha, deriva en una especie de “gobierno de los jueces” en la sombra. (Animo al lector a leer el artículo de Javier Segura, profesor de Historia en Alicante, que con el título De la dictadura franquista a la dictadura de los jueces, publicó en público.es el 3-4-18).
   Gracias a Puigdemont y al resto de consellers, inexactamente tachados de fugados de la justicia, los tribunales de otros países democráticos de nuestro entorno han podido intervenir en el conflicto catalán, dando la oportunidad a nuestro Tribunal Supremo y a su adalid Llarena a no seguir haciendo más el ridículo, y que dentro de unos años no tengamos que avergonzarnos de nuestros tribunales actuales, como nos avergonzamos de otras actuaciones judiciales pasadas. No es una humillación que el juez instructor desista de su “cabreo”; y que cuanto antes acepta la realidad de lo dictaminado por la justicia europea, antes evitaremos, como dice J. Carlos Escudier (El berrinche, público.es) caer en la “autarquía jurídica y en el subdesarrollo democrático”. Para ello, lo procedente en estos momentos, termino con palabras de Pérez Royo (eldiario.es 13-7-18) sería que la Fiscalía General del Estado acordara retirar la acusación por rebelión contra todos los querellados, … y que instara el desistimiento por parte del Tribunal Supremo y el traslado de la causa al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, de donde no debería haber salido, con lo cual se respetaría, además, el derecho a la doble instancia. Reconocer, en definitiva, que esto ha sido un disparate desde el principio, que, afortunadamente, puede acabar no demasiado mal.


   Manuel Vega Marín. Madrid, 22, Julio, 2018 www.solicitoopinar.blogspot.com.es

  

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