En los últimos escritos del profesor Pérez Royo vengo detectando cierta
ambigüedad, yo diría que “calculada”. En
este, http://www.eldiario.es/zonacritica/presos-politicos-parecen_6_705939412.html
, el “lo parecen”, ocultaba una realidad: la existencia de presos políticos en
nuestra democracia. Ya tuve ocasión de comentarlo, http://solicitoopinar.blogspot.com.es/2017/11/lo-parecen-y-son-presos-politicos.html
En el que ahora quiero comentar, http://www.eldiario.es/zonacritica/primer-excepcion-democracia_6_711538860.htm,
bajo la frase “coacción federal” el profesor da la sensación de querer “descafeinar”
la realidad expresada en el título.
La aplicación del art. 155 CE a la “Nacionalidad histórica” de Cataluña,
primero de facto, y, después de iure, el mismo Pérez Royo escribe que es una suerte de estado de excepción
autonómico. Mucho más explícito al respecto se muestra el abogado Gonzalo
Boye Tuset, al afirmar, http://www.eldiario.es/contrapoder/Hoy-ido-catalanes_6_711538870.html,
que se ha utilizado un instrumento
previsto en la Constitución (art. 155), para
dotar de pseudo legitimidad a una
actuación judicial que, para nada,
se compadece ni con la Constitución, ni con el resto del ordenamiento jurídico
nacional… tampoco con el europeo. Esta medida que, según Pérez Royo, Rajoy se resistió activar hasta el último momento,
no hace más que colar por la ventana, como así lo recuerda Boye y también Pablo
Iglesias, la enmienda de Fraga Iribarne durante los trabajos constituyentes,
proponiendo que el Gobierno del Estado pudiera
intervenir y destituir a un Gobierno autonómico, que, con su rechazo, el
resto de representantes, echó por la puerta principal..