martes, 5 de mayo de 2020

CONSTITUCIONALISTAS “PATRIOTAS” CONTRA UN GOBIERNO LEGÍTIMO


   Convenimos en que la Constitución es la Ley de leyes, el marco entre cuyos límites se desarrollan las leyes que, jurídicamente,  estructurarán nuestro sistema democrático. El Tribunal Constitucional es la institución encargada de que tal acuerdo se cumpla. Pero antes de tener que recurrir a dicha institución, la propia Constitución se defiende a sí misma ante posibles conductas consideradas atentatorias, bien a la organización territorial del Estado (art. 155 CE), bien ante situaciones naturales de emergencias que afectan directamente a la salud y vida de los ciudadanos (art. 116 CE). En ambas circunstancias sólo está capacitado a tomar las medidas oportunas el Gobierno salido de las urnas y legitimado por el órgano de la soberanía popular. Lógicamente, tanto lo ordenado por el art. 155, como lo prescrito por el art. 116, debe ser aprobado por las respectivas Cámaras (Senado y Congreso) y con los votos señalados a los diferentes efectos. Si bien las decisiones tomadas de acuerdo a los artículos mencionados tienen igual rango jurídico-constitucional, los efectos de unas u otras son muy diferentes. La suspensión o intervención de una Comunidad Autónoma por parte del Gobierno Central, sin duda, provocará distorsiones y reveses socio-jurídico-políticos, que, una vez solucionados, todo vuelve a una “cierta normalidad”, sin más trascendencia. En cambio, el estado de alarma del art. 116.2 CE, al que ha acudido el Gobierno para hacer frente a la calamidad natural, como es  el COVID-19, que, además de las distorsiones citadas u otras derivadas del mismo virus, hay otras, cuya casi única solución posible, no tiene “marcha atrás”, como es la pérdida de salud o la muerte. El Gobierno, al adoptar el estado de alarma, lo hace porque deberá tomar decisiones muy cercanas a la derogación de derechos fundamentales, como el de movilidad, asociación, etc., de los ciudadanos, creyendo que es la mejor manera de luchar contra esta pandemia. Eso es también lo que han creído los distintos grupos parlamentarios que han venido la propuesta del Gobierno. Y así, con los errores del Gobierno debidos a lo imprevisto e imprevisible de esta “batalla”, esto es lo que confirman los datos semana tras semana. Por lo demás, es la decisión adoptada por los Gobiernos y Oposiciones de nuestro entorno
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   Ningún ciudadanos de buena voluntad y sentido común entenderá que, corrigiendo los errores cometidos por Gobierno y Oposición, y careciendo de una propuesta mejor, no sea una temeridad, difícilmente corregible después, votar en contra de prorrogar el estado de alarma. Como dice el catedrático Pérez Royo (eldiario.es Estado de alarma parlamentario, 4-5-20) la propuesta del Gobierno no es un “trágala” y el Reglamento del Congreso en su artículo 162. 3 y 5, establece claramente que cualquier grupo parlamentario puede presentar su propia propuesta alternativa o complementaria a la del Gobierno, ser debatida y, en su caso, ser aprobada. Lo que está claro es que sólo el Congreso está capacitado legal y legítimamente para aprobar un estado de alarma. Si tenemos que volver a la situación previa al estado de alarma, ¿será capaz cada ente autóctono de “aguantar su vela?
   La mayoría de constitucionalistas consultados convienen en que ninguna otra Ley: ni la de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (1986), ni la Ley General de Salud de 2011, ni la de Seguridad Nacional (2015), pueden sustituir efectos, como la restricción de la movilidad, que motivaron el Decreto-ley del estado de alarma del Gobierno.
   Hasta lo que resulte de la votación del pleno del Congreso de mañana, 6-5-20, los ciudadanos españoles estaremos angustiados, a la espera de la decisión parlamentaria menos favorable, ya que, mientras escribo estos párrafos, ningún grupo de la oposición ha mostrado el más mínimo interés por lo que mejor conviene realmente a los ciudadanos. Lo que se averigua tras esa hipócrita conducta es una actitud de acoso y derribo de un Gobierno legítimo por parte de la derecha.. Lo cual me parece, si no un delito, sí una conducta moral y éticamente miserable y reprobable, por muy legítima que lo sea políticamente.
   El Tribunal Supremo se ha mostrado incompetente para pronunciarse sobre el Decreto-ley del estado de alarma. Es lógico que esta competencia recaiga en el Tribunal Constitucional. A este respecto me pregunto si no es también razonable que, al igual que recurren a ese Alto Tribunal los afectados por lo que consideran resoluciones inconstitucionales emanadas del Parlamento, como ocurrió con la aplicación del artículo 155 a la Comunidad Autónoma de Cataluña, el pueblo español, a través de su legítimo representante, el Gobierno, no tendrá el mismo derecho a recurrir al Constitucional contra una resolución parlamentaria equivocada, cuya reparación será prácticamente imposible.
   La democracia, entre otras muchas más cosas, es la fórmula más adecuada de expresar el pluralismo político, es decir, el variado parecer de los ciudadanos que viven en la polis. Desde que Aristóteles dijo aquello de que el hombre por naturaleza es un animal político, no quiso decir otra cosa sino que el hombre es tal por vivir con los demás. Es el esfuerzo de todos los ciudadanos viviendo en comunidad libremente, la mejor forma de solucionar los problemas que padecen cada uno de sus miembros y de la propia Comunidad, que, como en el presente caso de pandemia, a todos nos afecta en el valor más preciado: la salud y la vida. Ya me dirán de qué sirve el “arte de la política”, si no es para proteger esos valores absolutos, de los que se derivan otros de menor importancia. Pero esa expresión del pluralismo político no sería más que un conjunto de palabras hueras y de poses falaces para alcanzar el poder sin el más mínimo interés en remover los obstáculos que perjudican a los conciudadanos. Son los partidos políticos los que, según el art. 6 CE expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Sin embargo, con actitudes como las que viene mostrando la derecha española, no hace más que promover entre los españoles la “desafección política”. Es una tendencia muy “cañí” la de hablar con desprecio de los políticos, metiendo a todos en el mismo “zurrón de rateros”, omitiendo el noble ejercicio vocacional y solidario, consustancial con la naturaleza humana. Los antecedentes más próximos de esa actitud que confunde la participación política democrática con la ostentación del mando, los encontramos en el golpe de Estado de 1936 de una élite, que, mediando una guerra civil, se impuso en los cuarenta años  de dictadura franquista, y, después, ha venido controlando y vigilando la “resaca” de otros cuarenta años de “ejemplar” Transición....
   Para evitar la repetición de los “dimes y diretes”, ruego a los parlamentarios terminen con la configuración territorial del Título VIII de la Constitución...
   Por último, es lo que siento ahora, ¡Ójalá que el resultado de la votación de mañana en el Congreso no obligue a que la Historia se repita!

  Manuel Vega Marín. Madrid, 5, Mayo, 2020    www.solicitoopinar.blogspot.com.es

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