lunes, 8 de febrero de 2021

MIENTE EL CONSEJO GENERAL EL PODER JUDICIAL, Y LO PEOR ES QUE LO SABE

   Nos referimos a cuando ese Órgano de gobierno de los jueces dice que la proposición de ley, presentada por los partidos Psoe y Unidad Podemos, para limitar sus atribuciones cuando está en funciones, es una injerencia que rompe el equilibrio de los tres poderes clásicos de nuestra democracia liberal. Más concretamente, el CGPJ considera que esa iniciativa parlamentaria de los grupos que conforman el Gobierno de coalición, interfiere en el poder judicial.

   Si la mayoría de los miembros conservadores del Consejo no mintieran, evidenciarían una absoluta ignorancia del Derecho y de la Constitución, que les incapacitaría para seguir desempeñando tan importante cargo. No sé cuál de las dos actitudes es peor...

   Está bien clarito en el artículo 1, 2 de la Constitución que los poderes del Estado emanan del pueblo español en quien reside la soberanía nacional. El pueblo está representado en las Cortes Generales formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado (art. 66.1 CE). El punto 2 de ese mismo artículo describe las tres funciones más importantes del Parlamento: la facultad de promulgar leyes, aprobar los Presupuestos Generales y controlar al Ejecutivo. En el ejercicio de tan notables misiones goza de inviolabilidad, según el apartado 3 del citado artículo. Lo que significa que dicha institución no podrá ser objeto de control o represión externos.

   Es, pues, del pueblo, organizado en las Cortes Generales de donde emanan todas las manifestaciones de su soberanía: para hacer leyes, el Parlamento; para aplicarlas, el Gobierno, y para la resolución pacífica de los conflictos de intereses, los Tribunales de Justicia. La potestad legislativa sólo la tienen en exclusiva las Cámaras Legislativas; ningún otro poder, ni el judicial, ni el ejecutivo pueden inmiscuirse o limitar esa facultad., excepción hecha del Gobierno, cuando una iniciativa parlamentaria afecta a los presupuestos del Estado.

   Similarmente, el poder judicial, según dictamina el art. 117 CE descansa en jueces y magistrados, y ejercen dicha facultad  juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado (ibid. Apdo.3). El poder judicial sólo está facultado para emitir jurisprudencia, esto es; un conjunto de reflexiones e interpretaciones de la Ley, no vinculantes, para una mejor aplicación de ésta.

   El Consejo General del Poder Judicial, sin embargo, sólo es el órgano de gobierno  del mismo según establece el artículo 122. Este artículo remite a una ley orgánica que regulará su organización y funciones. Aunque su rimbombante título invita a la confusión, esta institución, como hemos reseñado en el párrafo precedente, no ostenta el poder judicial. No obstante, y en la práctica, lo ejerce, pues entre sus funciones está la de nombrar los magistrados  del Tribunal Supremo y los presidentes de otros altos tribunales. No es de extrañar, por tanto,,  que muchos jueces que quieren “hacer carrera”, al redactar y emitir sentencias, estén mirando de reojo la connivencia de sus compañeros del Consejo. Este poder que, de facto, tiene este órgano en todos los ámbitos de la política  es lo que provoca su resistencia a ser renovado, y el interés del el nuevo Gobierno en intentar cambiar, legítima y legalmente, la ley orgánica por la que este órgano se rige.

   Es comprensible, aunque no justificable, que las principales asociaciones de jueces, de signo conservador, de las que se nutren tanto el Consejo, como los presidentes y magistrados de los  altos tribunales, critiquen severamente la intención del Gobierno  y amenacen con diferentes recursos al Tribunal Constitucional. Con ello no hacen más que seguir la actitud y la llamada de la mayoría conservadora del Consejo, que, incluso, ha amagado con recurrir a las instituciones europeas, alegando, creo que falsamente, un intento por parte del Gobierno de pretender politizar la Justicia. ¡Hasta en el propio Consejo se manifiesta esa discordancia entre la minoría progresista y la mayoría conservadora!...

   Es engañosa y no ajustada a Derecho la resolución del Consejo al reprochar a la Mesa del Congreso de no respetar la separación de poderes por no haberle solicitado un informe, no preceptivo, sobre la reforma. Los cinco consejeros progresistas, Álvaro Cuesta, Clara Mtnez. de Careaga, Rafael Mozo, Pilar Sepúlveda y Concepción Sáez, en un voto particular critican tal acuerdo, acusando a sus colegas de que han sido ellos los que se han extralimitado y de no respetar el principio de separación de poderes. Según estos cinco vocales, el acuerdo es una confrontación gratuita, infundada e impropia en términos constitucionales, considerando, además, haber perdido toda apariencia de imparcialidad...

   Más contundente se muestra el catedrático Pérez Royo cuando dice que Nadie tiene derecho a dirigirse a las Cortes Generales para solicitar ser oído en el trámite de “deliberación y manifestación de la voluntad del Estado... El CGPJ no puede hacer nada más que aquello que la ley le permite. Su vinculación a la ley, por ser órgano de gobierno del Poder Judicial es la más estricta de todas las imaginables en una democracia parlamentaria (“¿Ignorancia o voluntad deliberada de ejercer de manera desviada su función constitucional?, elDiario.es, 2-2-21).

   Por otra parte, el famoso mensaje de Rajoy a Bárcenas. Luis, se fuerte, hacemos lo que podemos, y las negociaciones, que desde entonces el tesorero ha mantenido con el Partido Popular para obtener beneficios penitenciarios para él y su mujer Rosalía, demuestran la relación de “confianza” existente entre parte de la judicatura y el partido. Muestra, además, que existen jueces que se prestan a chanchullos y otros que se mantienen honestos. No hace falta dar nombres. Como hay corruptos en el “gremio” de los políticos, también los hay en el gremio de los jueces. No hay razón para pensar que el haber aprobado unas oposiciones memorísticas convierta a los jueces en angelitos, libres de sus creencias, ideologías e intereses. Como dice Elisa Beni, la podredumbre no es sólo de los políticos, y precisa de la connivencia de las togas. Significa que en la judicatura hay tantos elementos sospechosos como en los partidos. Que hay grandes ambiciosos dispuestos a todo y que Bárcenas lo sabía, como lo saben tantos (“La Promesa”, en elDiario.es de 7-2-21). Y no es preciso suponer o conjeturar. Ellos mismos en filtraciones interesadas evidencian sus conductas. ¿No recuerdan a Cosidó diciendo aquello de controlaremos al Supremo por delante y por detrás?... Una razón más para explicar la fría resistencia del CGPJ a ser renovado...

  Lo más curioso es que tanto el CGPJ, como las Asociaciones Profesionales, no pongan el mismo celo en denunciar seria y contundentemente ante el Constitucional los más de dos años que el actual Consejo lleva en funciones y haciendo nombramientos, infringiendo claramente el mandato constitucional. Si se atiende al “batiburrillo” de declaraciones de los líderes de esas asociaciones de jueces, más bien se deduciría tratarse una pelea corporativista. Mucho mejor harían  estas corporaciones judiciales en interesarse más por la falta de personal, por la  indigencia material  y la escasez de recursos financieros con los que trabajan sus colegas en instancias inferiores.  

   Y termino casi como empecé, pero utilizando las palabras de Pérez Royo, con las que él también concluye su artículo arriba citado: El escrito del CGPJ a la Mesa del Congreso de los Diputados es un escrito impertinente, que únicamente se explica o por “ignorancia” o por “voluntad deliberada” de ejercer de manera desviada la función constitucional que tiene encomendada.

   Razone y concluya el lector...

 

 

   Manuel Vega Marín. Madrid, 7 Febrero, 2021    www.solicitoopinar.blogspot.com.es

 

  

  

 

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