sábado, 17 de julio de 2021

UN “CARTUCHO MÁS -¿SERÁ EL ÚLTIMO?- CON PÓLVORA MOJADA” DE LA REACCIÓN

   Juristas y constitucionalistas están esperando, ingenuamente, los fundamentos de derecho de la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara el Decreto del Gobierno  sobre el “estado de alarma”, de 14-3-2020, no ajustado a lo dispuesto en el art. 116 de nuestra Carta Magna. Ante la inesperada e incontrolable pandemia, el Ejecutivo, cualquiera que hubiera sido su “color” en aquel momento, se vio obligado a actuar, utilizando el mecanismo jurídico más ágil de que dispone nuestro ordenamiento legal. Así lo hicieron todos los Gobiernos de los Estados democráticos de nuestro entorno. Y ninguno de ellos ha tenido que hacer frente a una Sentencia adversa promovida por los partidos de la  oposición. Incluso en España el mismo partido, Vox, apoyó en el Congreso aquella decisión gubernamental. Posteriormente, el mismo Vox, al que da la razón el fallo de una escuálida mayoría del Constitucional, meses más tarde, recurre el Decreto al que había dado su apoyo parlamentario.   Esta contradictoria actitud de Vox y la circunstancia de la dimisión del primer magistrado ponente, Fernando Valdés, sustituido por el ultraconservador, Pedro González-Trevijano, a propuesta de Mariano Rajoy, haya sido determinante del sentido de la Sentencia. Y, sobre todo, la urgencia con que se ha publicado el Fallo convence al ciudadano más “profano” de que en él hay “gato encerrado”, y que cualquier alegato en que la Sentencia se base, será arbitrario y cargado de ideología. Es mucha casualidad la coincidencia del anticipo urgente del Fallo constitucional con la renovación del Gobierno de coalición progresista. A “toro pasado” es muy fácil criticar aquella decisión gubernamental, aún con el pretexto de montar un falso debate técnico-jurídico, que creará más desconfianza en el sistema judicial entre aquellos ciudadanos, que, de una u otra manera, han sido víctimas, directa o indirectamente, del COVID-19...

  Sabemos que el Derecho no es una ciencia exacta, y que sus normas son interpretables en función del contexto concreto en que se tangan que aplicar. El propio Derecho indica el método de interpretación: Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiéndose fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas (C.Civil, 3.1).  Es rarísimo, pues, pensar que tanto la intención del constituyente, como la del legislador tuvieran algún parecido con la Sentencia, cuando incluyeron y redactaron los estados de emergencia en la Constitución, art. 116, o la LO 4/1981 que lo desarrolla.

   Por tanto, las razones técnico-jurídicas,  serán pura verborrea leguleya para ocultar las reales intenciones políticas del fallo. Desde que el PP fue desalojado del poder, los caciques de este País, a los que el PP representa, sólo han tenido un único objetivo: recuperarlo tumbando al Gobierno legítimo. Y, para ello, en vez de arrimar el hombro para solucionar un problema que a todos nos afecta, apenas han dudado un segundo en utilizar, como uno más a añadir, todos los elementos, retenidos ilegalmente, de cuando gobernaron (CGPJ, T. de Cuentas o el propio T.C, p.ej.).

   Para recuperar la “cota” perdida, ocupada por el Gobierno de coalición,  lanzaron la “consigna” de recuperarla sin escatimar medios. Valiéndose del oligopolio empresarial de la información y comunicación, han ido sacando de sus hangares todo el armamento según convenía al momento y siempre valiéndose de mentiras y bulos. Y todo para defenderse de su congénito historial de corrupción, intentando ocultarla. Estos patriotas-constitucionalistas no han dudado incluso en hacer el ridículo en Europa con tal de impedir, si ellos no los manejan, la llegada a España de los “fondos de recuperación”; se han lanzado a griterío con el tema de los indultos; con el imbatible problema nacional del chuletón al punto... Etc., etc… Como la aritmética parlamentaria no les favorece, no tienen la valentía de presentar una moción de censura, pero sí tienen el cinismo de insultar al Gobierno con todo tipo de palabrotas, o de exigir, sólo en base a esos insultos, que el Gobierno dimita y su Presidente convoque elecciones. Están cegados por Vox, Ayuso e incentivados por los resultados de las encuestas efectuadas por empresas demoscópicas que ellos mismos eligen y pagan.

   Ante la resistencia del Gobierno y su “exitosa” renovación, con la ayudita oportunísima a Abascal de sus huestes del Tribunal Constitucional, de la que su amigo Casado pretende sacar tajada, pretenden seguir con el griterío para ocultar sus vergüenzas a la opinión pública. A estos patriotas les importa un comino que el daño de la Sentencia, afecte al  Estado y a la Democracia, con tal de tumbar al Gobierno. A estos señoritos les importa mucho más, por el contrario, no tener las llaves del cortijo, que hacer el ridículo en Europa.

   De momento no sabemos si la torpeza de la ultraderecha les llevará a sacar los tanques a la calle o se conformarán con seguir usando los cartuchos de pólvora mojada que, para ella, es una broma con que consiguen sus objetivos; pero, para los que creemos en el Derecho y en los principios, es un lawfare  más lento, pero con semejantes efectos destructivos...

  El caso es que los problemas reales que acucia a los ciudadanos: la vivienda, la subida y el abuso de las empresas energéticas y bancarias, el trabajo, la Sanidad pública, etc., etc., van empeorando, a la espera, como decía el ministro Montoro, de que ellos gobiernen para solucionarlos...

   Seguramente me leeré los argumentos de la Sentencia y algún que otro comentario sobre ella, pero adelanto al lector, a raíz de lo escrito,  cuál será mi ánimo al leerlos...

   Para esos análisis y debates de profesionales dejo mi estudio y crítica jurídicos de la dañina Sentencia...

 

 

   Manuel Vega Marín. Madrid, 17, Julio, 2021     www.solicitoopinar.blogspot.com.es

 

 

 

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